Franquicias Comerciales: Pasos a Seguir

4. SELECCIÓN DE FRANQUICIADOS

Los franquiciados deben reunir características especiales de acuerdo al tipo de franquicia, no se deben buscar solo inversionistas, sino que se debe definir qué tipo de personas se necesitan para desarrollar con éxito el negocio, edad, sexo, personalidad, estudios, conocimientos, presencia, y otras características que deben analizarse en cada caso.

El perfil del franquiciado tiene mucha importancia en el éxito final de todo el negocio.
No basta con un manual operativo preciso y “alguien”que invierta dinero para que sea considerado un franquiciado apto, sino que se deben seleccionar a las personas cuyo perfil previamente haya sido determinado como el adecuado.

En muchos casos por la inversión que hay que realizar el franquiciado es una sociedad sin embargo aun en estos casos se busca que el responsable de esta sociedad se comprometa personalmente con el emprendimiento porque es la única garantía que se respete la esencia del negocio.

Con el tiempo un franquiciado puede tener más de una franquicia o se puede elegir un franquiciado en lo que se llama franquicia maestra (master franchise) generalmente para que el mismo franquiciado se encargue de otorgar “subfranquicias” dentro de un determinado territorio o país, lo cual la selección todavía debe ser más severa porque el franquiciante delega en otro parte de su tarea.

5. INSTRUMENTACIÓN DEL CONTRATO

Una vez que se ha llegado a un acuerdo en todos los puntos se procede a celebrar un contrato que en los países en que está legislado deberá seguir lo normado y en los países en que el contrato es atípico deberá contener la máxima cantidad de previsiones a fin de evitar conflictos.

El contrato de franquicia abarca muchas disciplinas jurídicas y económicas, el derecho de marcas, el derecho comercial, el derecho aduanero, el derecho laboral, el derecho fiscal, legislación sobre competencia, transferencia de tecnología, lo pertinente al plan de negocios, derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes, distintas cláusulas específicas como duración, renovación, exclusividad, solución de controversias, compra de bienes y/o servicios, publicidad, etc.

El contrato debe ser muy bien redactado porque si bien hay dos partes independientes que por propia voluntad deciden celebrarlo, hay terceros interesados que conforman la red de franquicias que también forman parte del mismo “ negocio” y cuyo interés debe ser tenido en cuenta.
Cada cláusula de este contrato puede ser objeto de una conferencia, porque cada franquiciante debe evaluar su negocio y analizar qué cláusulas se adaptan más para lograr precisión en los objetivos pero al mismo tiempo que no sean obstáculos para un crecimiento de toda la red.

6. CAPACITACIÓN Y ASESORAMIENTO

El franquiciante y el franquiciado están interesados en lograr juntos un negocio de éxito, por eso se habla de un contrato de colaboración, y esa colaboración como derecho-obligación, se comienza a practicar desde el inicio; con la firma del contrato no termina sino que empieza operativamente a funcionar el sistema.

Esta capacitación inicial es fundamentalmente la explicación práctica del manual operativo, un entrenamiento intenso de como debe desarrollar el negocio que abrirá a la brevedad y asesoramiento sobre aquellas cuestiones que bien pueden estar contenidas en el manual o no, pero que el franquiciado solicita colaboración y el franquiciante es quien debe resolverle todos esos problemas, ya sea aplicando lo pautado o recurriendo a esos servicios adicionales que en cada caso se pueden solicitar.

Un ejemplo de algo que no esté pautado es que en el manual operativo se indique como decorar el local pero deja librado la elección del decorador a decisión del franquiciado, y este puede solicitarle al franquiciante los servicios de su decorador. Este es un servicio adicional que se cobrará aparte.

7. APERTURA DEL NEGOCIO

Y empezó el nuevo negocio.

Nuevamente es conveniente que el franquiciante se haga presente en el local durante algunos días para que el franquiciado se sienta más tranquilo y acompañarlo y asesorarlo para que el principio que siempre es difícil, se haga lo más fácil posible.

Una mala imagen inicial frente a los clientes puede repercutir en el desarrollo de su negocio, pero además por el efecto dominó puede repercutir en otros franquiciados, incluso si los errores son graves hasta puede poner en peligro al franquiciante, de ahí que todos los componentes del sistema deben tener conciencia que todos se necesitan y lo que haga bien o mal uno de ellos tendrá consecuencia tarde o temprano en el resto.

8. COORDINACIÓN PERMANENTE

La buena relación entre franquiciante y franquiciado es vital en toda la duración de la relación porque el contacto entre ambas partes es permanente.

El entrenamiento inicial que vimos previo a la apertura y la asistencia en los primeros días se convierte en una asistencia y colaboración permanente que presenta el doble carácter de derecho-obligación.

Derecho que posee el franquiciado, por el cual se obligó el franquiciante y a su vez derecho del franquiciante a exigir del franquiciado la aceptación de su participación activa porque a eso se obligó el franquiciado.

Dentro de esta coordinación, el franquiciante se reserva de derecho de contralor, que es fundamental para que audite el desarrollo del negocio y evitar perjuicios para el mismo franquiciado, para otros franquiciados, para el franquiciante y para terceros.

Con esto damos por concluido el seminario básico sobre franquicias y esperamos que le haya sido de utilidad.

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